miércoles, 30 de mayo de 2012

Reflexiones episcopales sobre la reforma del Código Civil



 
ECOS SOCIALES
Siente el deber de publicar el presente documento del Episcopado Argentino sobre un tema crucial para nuestra Nación

REFLEXIONES Y APORTES SOBRE ALGUNOS TEMAS VINCULADOS A LA REFORMA DEL CÓDIGO CIVIL
Documento de la 103ª Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Argentina
(27 de abril de 2012)

PRESENTACIÓN
1. Nuestro país vive momentos de particular relevancia política que hacen a su vida y cultura como nación. Son momentos de trascendencia histórica que debemos asumir con responsabilidad por su significado actual y futuro. En este contexto debemos ubicar la reforma del Código Civil, como marco jurídico básico que regula la vida del hombre y sus relaciones en la sociedad desde el inicio de su vida. Su reforma nos compromete, no podemos, por ello, permanecer indiferentes ni ser espectadores de decisiones que nos involucran y que requieren de una madura reflexión y de una amplia participación federal. No caben urgencias en temas de tanta trascendencia.
2. El Código Civil por su carácter estable y modélico, al definir obligaciones y derechos de las personas e instituciones no es algo neutro, sino que a través de él se expresan doctrinas o corrientes de pensamiento que van a incidir en la vida de los argentinos. Junto a las necesarias actualizaciones que la reforma busca realizar, creemos que el nuevo Código debe tener en cuenta la riqueza de nuestras tradiciones jurídicas y constitucionales, como los principios y valores que hacen a nuestra vida e identidad. Necesariamente en un Código Civil se presentan opciones que definen materias e institutos que rigen y orientan la vida de una comunidad. Entre ellas queremos señalar, en primer lugar, la necesidad del reconocimiento del comienzo de la vida humana desde la concepción y su necesaria protección jurídica. Debilitar este principio liminar es disminuir la base jurídica de un sistema y orientar, por su misma autoridad, el alcance de futuras leyes sobre la entidad de los embriones congelados.
3. En segundo lugar, la valoración de la familia fundada sobre el matrimonio, como relación estable del varón y la mujer y ámbito primero en la educación de los niños. La familia es una realidad con profundas raíces en el pueblo argentino y a lo largo de todo el país. Ella es una institución que por su riqueza e historia es un bien que es garantía para la sociedad. Finalmente, adquieren un lugar destacado y de grave responsabilidad jurídica los derechos del niño, sea respecto de su vida e identidad, como el justo conocimiento de sus derechos de filiación, paternidad y maternidad. Cuando se privilegian en estos temas los deseos o voluntad de los adultos, se descuidan los derechos esenciales del niño. Cuando se parte, en cambio, del valor único e irrepetible de la vida concebida, el adulto tiene más obligaciones que derechos. No todo lo que es técnicamente posible y deseado en el manejo de la vida es necesariamente ético y respeta su dignidad. El límite, en estos casos, es tanto un acto de sabiduría política como de ejemplaridad jurídica.
1. NUESTRA RESPONSABILIDAD SOCIAL 
4. Las autoridades nacionales han puesto en marcha el proceso legislativo para la sustitución de los actuales códigos Civil y de Comercio, por un nuevo Código Civil unificado. Se trata sin duda de una de las reformas legislativas de mayor trascendencia, por tratarse de normas que afectarán en forma directa la vida cotidiana de todos los argentinos.
5. La Iglesia, que es parte integrante de la sociedad, siente la obligación moral de hacer oír su voz. Somos portadores de una herencia y responsables de hacernos eco de las voces de millones de hermanos que a diario nos confían sus preocupaciones, alegrías, dificultades y esperanzas. La Iglesia Católica siente que tiene el derecho y el deber de hacer conocer a toda la sociedad su pensamiento en estas delicadas materias, proponiéndolo a través de una argumentación razonada y fundada.
2. EL VALOR DE LA LEY
6. Las leyes son necesarias para la buena vida social. Su contenido no es indiferente, porque las leyes son indicativas de las conductas que la sociedad considera valiosas, para alentarlas y protegerlas, o disvaliosas, para prohibirlas o castigarlas. En ese sentido, la ley, sin identificarse con la moral, tiene un indudable contenido moral. No hay leyes moralmente neutras.
7. El Código Civil en particular regula las relaciones jurídicas de las personas en cuanto tales, desde el comienzo de su existencia hasta después de que ella ha finalizado, las relaciones de familia, y también las relaciones de orden patrimonial, tales como las obligaciones y los contratos, las relaciones de las personas entre sí y con las cosas de las que se sirven. Lo que diga y cómo lo diga no es indiferente. La ley no es una mera fotografía de lo que ocurre, sino una orientación de lo que se espera y desea que ocurra en esas relaciones interpersonales: tiene una función docente y modélica.
8. Por lo tanto, el legislador no puede limitarse a constatar que algo existe en la realidad, o puede existir, para darle valor legal -es decir, de norma, o regla de conducta-, sin un previo juicio de valor. En la vida cotidiana se verifican conductas perjudiciales al bien común, que deben ser reprobadas y no convalidadas por el sólo hecho de que algunas personas las lleven a cabo. En este sentido, si bien es cierto que toda persona es digna del mayor respeto, no toda opinión o proposición lo es en el mismo grado. Es necesario tamizar las distintas opiniones y propuestas, en orden a ese bien común, que es “el bien de ese «todos nosotros», formado por individuos, familias y grupos intermedios que se unen en comunidad social. No es un bien quese busca por sí mismo, sino para las personas que forman parte de la comunidad social, y que sólo en ella pueden conseguir su bien realmente y de modo más eficaz[1][1]. 
3. EL CÓDIGO CIVIL PROYECTADO
10. El Anteproyecto de Código Civil que se ha conocido, es sin duda el fruto del encomiable esfuerzo de muchas personas, que han aportado su sabiduría y experiencia en distintos temas. Ha sido presentado, como el fruto de muchos años de debates y trabajos jurídicos, y de la reflexión de los juristas y las decisiones de los jueces en el marco de la legislación hoy vigente. Eso es cierto en buena medida, pero no en algunos temas vinculados a la vida humana y a la familia. Por otra parte, el Código es un delicado entramado de soluciones técnicas para situaciones y problemas muy diversos, sobre las que no nos pronunciamos.
11. Vemos en la obra codificadora un esfuerzo de actualización y de atención a las nuevas posibilidades que abre el desarrollo científico y tecnológico. Con la cautela que implica reconocer que no todo lo que es técnica o científicamente posible es moralmente aceptable -y por lo tanto, digno de ser aprobado por la ley-, hay en esto un hecho positivo. Valoramos especialmente la atención puesta al desarrollo creciente de los derechos humanos y su protección jurídica, expresada por ejemplo en el reconocimiento de algunos de los derechos personalísimos, o la preocupación por proteger la vivienda familiar.
12. Valoramos que se hayan tenido en cuenta distintas situaciones que hacen a los derechos de las comunidades indígenas. En otro orden de cosas, nos preocupa cierto reglamentarismo que propone el Anteproyecto en relación a las asociaciones civiles, e incluso a las simples asociaciones. Esas formas asociativas son parte esencial de la sociedad civil y, por ello, debería evitarse sobrecargarlas de exigencias e interferencias del Estado en su vida interna.
13. Hay sin embargo algunas cuestiones, que tanto a nuestro juicio de pastores, como en la opinión de muchos juristas y expertos, merecen una mayor reflexión. Es necesaria en el Código una formulación de ciertos principios, más respetuosa de la dignidad propia de toda vida humana desde su comienzo en el momento de la concepción y hasta su fin natural, de los derechos de la familia fundada en el matrimonio, y de los derechos de los más débiles, en particular los niños ya nacidos, y todavía por nacer. Es en estas materias, el estatuto de la persona humana y de la familia, en las que quisiéramos detenernos particularmente. Notamos que en las soluciones propuestas en este campo, ha influido una ideología individualista y una concepción de familia ajena a las tradiciones nacionales y al sentir y vivir de la gran mayoría de nuestro pueblo.

4. LA PERSONA EXISTE DESDE LA CONCEPCIÓN.
14. Afirmamos sin lugar a dudas, que todo ser humano merece el reconocimiento de su personalidad jurídica en todas partes y sin distinción de condición alguna (en consonancia con el Art. 6 de la Declaración Universal de Derechos Humanos). Y sabemos, porque la ciencia así lo demuestra, que la vida humana comienza desde el momento de la concepción, en la que se configura un ser humano nuevo, único e irrepetible. Hoy día, por la técnica algunos seres humanos son concebidos fuera del seno materno, en laboratorios. Pero no existe ninguna diferencia ontológica entre un ser humano concebido dentro o fuera del seno materno. El hecho de que por decisiones de los padres o de los laboratorios, el desarrollo del embrión en algunos casos se detenga artificialmente, no altera en nada su condición de ser humano.
15. La tradición jurídica nacional y el contexto constitucional a partir de 1994 obligan al reconocimiento pleno de la dignidad humana y la personalidad jurídica de todo ser humano sin distinción. Cuando con proverbial sabiduría, el Código Civil argentino proclamó que la persona existe “desde la concepción en el seno materno”, no excluyó la concepción extrauterina -en esa época imposible de imaginar-, sino que afirmó el principio esencial de que toda vida humana, desde el momento inicial, y sin distinción de cualidades o accidentes (art. 51 CC) es digna del respeto debido a una persona humana. Normas posteriores y de elevada jerarquía, como la ley aprobatoria de la Convención de los Derechos del Niño, confirmaron sin duda que la persona es tal desde la concepción, sin distinguir según ella ocurra dentro o fuera del seno materno.
16. No reconocer esta igual dignidad, tal como ocurre en el Anteproyecto, significa introducir una discriminación injusta pues algunos seres humanos en estado embrionario son considerados personas -los concebidos en el seno materno, o los implantados en él-, mientras que a otros se les niega ese status básico -los concebidos fuera del seno materno, antes de su implantación-. En este último caso no queda claro cuál es el status o situación jurídica de estos embriones, que por tanto quedan en un estado de absoluta desprotección, abriendo la posibilidad de atentados contra la vida de seres humanos inocentes e indefensos.
17. Comprendemos la dificultad jurídica que implica, por ejemplo, reconocer derechos patrimoniales y sucesorios a los embriones no implantados, pero la solución no es desconocer la dignidad y los derechos personalísimos que se derivan de su condición humana, sino en todo caso impedir -y no promover- su producción mediante una moratoria en la utilización de estas técnicas. Remitir la protección del embrión no implantado a una ley especial aun no existente, si bien abre alguna esperanza, resulta insuficiente para evitar atentados presentes o futuros contra la vida o dignidad de esos seres humanos, expuestos a la comercialización, industrialización o destrucción. Es inadmisible también la posibilidad de experimentación con los embriones no implantados.

5. LA FAMILIA Y EL MATRIMONIO
18. La familia fundada en el matrimonio entre un varón y una mujer, perdurable y estable, es el modo óptimo de crianza de los niños y de organización familiar y social. Recordando que la familia es anterior al Estado, éste debe apoyar y acompañar los modelos exigentes de vida en los que los esposos se comprometen a la fidelidad, la cohabitación, la asistencia recíproca y el bien de los hijos. Si el Código Civil dejase de prever tales deberes del matrimonio, la institución se vaciaría de contenido en desmedro de los propios esposos y del bien superior de los niños y su derecho a crecer y ser educados en el ámbito de una familia estable. Consideramos que toda reforma tiene que recoger y valorar la tradición jurídica y cultural de nuestro país que valora y respeta esos rasgos en el matrimonio.
19. Se afirma que actualmente hay muchas formas de organización familiar, y que todas ellas deben ser igualmente admitidas y protegidas por la ley. Pero no cualquier forma de convivencia es igualmente valiosa, respetuosa de la verdad de la naturaleza humana, y de los derechos de la mujer y de los hijos. La ley debe proponer –como hizo siempre y en la perspectiva del bien común- un modelo de familia, y apoyarlo, más allá de que haya personas que en ejercicio de su libertad opten por otras formas de vida. Debería fomentar y no desalentar los proyectos de vida más estables y comprometidos.
20. En ese sentido, la equiparación casi absoluta entre el matrimonio y la llamada “unión convivencial”, no contribuye a dignificar a aquél. Es cierto que en ocasiones la ruptura de uniones prolongadas perjudica a la parte más débil, generalmente la mujer, y también que eventualmente a ella pudo haberle faltado algún grado de libertad para vincularse de ese modo en lugar de celebrar un matrimonio. Pero la solución a esto es una educación adecuada de la responsabilidad, que prepare para asumir el compromiso público que el matrimonio significa. La falta de formalización del vínculo, que puede obedecer a distintas razones, no justifica que se desvalorice la realidad del matrimonio.
21. La falacia del argumento según el cual se procura dar reconocimiento legal a las “diversas formas de familia", queda de manifiesto cuando se advierte que el Anteproyecto no reconoce en absoluto al matrimonio indisoluble caracterizado por el compromiso de fidelidad y de apertura al bien de los hijos, tal como la Iglesia propone a sus fieles, lo mismo que otras confesiones religiosas, y la ley natural lo expresa. Sólo formas débiles e inestables de familia son propuestas y reguladas por el Anteproyecto.

6. LA PROTECCIÓN DE LOS NIÑOS
22. El régimen de la paternidad, la maternidad y la filiación, así como otras instituciones proyectadas, generan incertidumbre en torno a la protección de los derechos de los niños. Una sociedad que no privilegie los derechos e intereses de los niños por sobre los de los adultos, se empobrece socialmente.
23. La regulación de los efectos de las técnicas de fecundación artificial, lamentablemente legitimadas ignorando las objeciones ético-jurídicas de fondo que merecen, y sin un marco de control previo, privilegia un supuesto “derecho al hijo”, por sobre los derechos del hijo a la vida y al respeto de su intrínseca dignidad y el principio de originalidad en la transmisión de la vida humana. Las técnicas de fecundación artificial suponen con frecuencia mecanismos de selección de los embriones más aptos, con descarte de los demás. Los embriones sobrantes podrían ser objeto de compra y venta para experimentación o utilización en productos industriales. No hay mecanismos que eviten estas derivaciones injustas en el anteproyecto de Código Civil.
24. El Anteproyecto, además, niega a los niños concebidos mediante las técnicas de fecundación artificial el acceso al establecimiento del vínculo filiatorio biológico, mientras que sí se lo permite en otras filiaciones. Se discrimina así entre categorías de hijos con más o menos derechos según el modo en que fueron concebidos y se conculca el derecho a la identidad de los niños, que no puede quedar sujeta a la voluntad de los adultos. Todos los niños tienen derecho a conocer a sus padres y en la medida de lo posible ser criados por ellos (Art. 7, inciso 1, Convención Sobre los Derechos del Niño).
25. En materia de adopción, no se privilegia el interés superior de los niños, que consiste en tener un padre y una madre unidos en matrimonio. La adopción debe tener en mira ese interés integral de los niños, y no el deseo de los adultos.
7. LOS PROBLEMAS DE LA PROCREACIÓN ARTIFICIAL
26. La Iglesia considera que la fecundación artificial debería ser prohibida por las objeciones éticas y jurídicas que merece. Sin perjuicio de ello, en caso que se lleve adelante la fecundación extracorpórea, el ser humano concebido de esta manera tiene, como ya hemos dicho, el mismo estatuto, dignidad y derechos que cualquier otro. En el derecho comparado podemos ver que existen países que han limitado los daños provocados por el uso de estas técnicas, restringiendo el acceso a ellas a los matrimonios formados por varón y mujer, y prohibiendo la crioconservación de embriones, entre otras restricciones.
27. El Anteproyecto ha optado por regular sólo algunas consecuencias de la reproducción artificial, lo que deja abiertas múltiples cuestiones. Pareciera que cualquier cosa es lícita en esta materia, librada al novedoso concepto de la “voluntad procreacional” de pretensos progenitores, por la que no es padre o madre quien realmente lo es, sino quien quiere serlo para satisfacer un deseo propio.
28. En ese marco, es particularmente grave la posibilidad de fecundación post mortem -admitida en el Anteproyecto-, que no respeta el derecho de los niños a ser criados por sus padres en la medida de lo posible. A diferencia del caso en que una madre esté encinta y enviude antes de dar a luz, en el que la orfandad surge de un imponderable de la naturaleza, la Iglesia considera que no es aceptable crear deliberadamente orfandades amparadas por la ley. Como tampoco lo es atribuir la filiación de un niño a dos personas del mismo sexo, privándolo del bien de un padre y una madre.
29. En cambio, resulta loable la disposición que prohíbe la manipulación genética en los embriones. 
8. PROTEGER Y DIGNIFICAR A LA MUJER
30. Reconocemos con satisfacción que hay un esfuerzo en el Anteproyecto por atender con delicadeza a la protección de los derechos de la mujer. Pero al mismo tiempo, resulta agraviante a la dignidad de las mujeres y de los niños la posibilidad de la existencia del alquiler de vientres, denominado eufemísticamente maternidad subrogada o gestación por sustitución.
31. La regulación de la maternidad subrogada no ha surgido de un reclamo social ni es consistente con las tradiciones jurídicas, principios, valores y costumbres del pueblo argentino, que hasta hoy considera nulo a este tipo de contrato por la inmoralidad de su objeto. El “alquiler de vientres” degrada a la mujer gestante, arriesga crear más desigualdad por la explotación para estos fines de mujeres pobres, y desconoce el profundo vínculo psicológico que se establece entre ella y el niño al que da a luz.

9. LOS DERECHOS PERSONALÍSIMOS
32. Más allá de las particularidades de su regulación, que pueden ser en algunos casos opinables, resulta encomiable que el Anteproyecto se ocupe de la protección de los derechos personalísimos.
33. Es imprescindible que al prever en ese marco la posibilidad de dar directivas anticipadas respecto de la propia salud, la prohibición de la eutanasia quede suficientemente clara en la ley.
34. Es positiva la previsión contenida en el Anteproyecto acerca de las exequias de las personas, que da cuenta del respeto debido al cuerpo humano aún después de la muerte. Sin embargo, sería oportuno que se prevea en forma expresa la necesidad de respetar las creencias y principios religiosos del fallecido, tal como se hacía en proyectos anteriores que sin duda han sido fuente del actual en ésta y otras materias. 

10. NECESIDAD DE UN AMPLIO DEBATE
35. Como ciudadanos y pastores, nos congratulamos del anuncio realizado por la Señora Presidenta de la Nación de que el proyecto de Código Civil será sometido a un amplio debate antes de su aprobación.
36. Sabemos bien que una obra legislativa de esta magnitud tiene una arquitectura compleja y delicada, que no admite recortes, adiciones o cambios inopinados. Esa dificultad, más que desalentar el debate, debería ser motivo de estudios profundos y de propuestas meditadas y serias, que cuenten con el tiempo necesario para su formulación y estudio.
37. En ese sentido, exhortamos a los juristas, los colegios profesionales y las facultades de Derecho –en primer lugar, por nuestra directa responsabilidad, a aquellas pertenecientes a las universidades católicas– a comprometerse en esta tarea noble y ardua, que hace a la vida y cultura de la Nación.
38. En el marco de la 103ª Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Argentina, hemos querido proponer como Iglesia, comprometidos con la vida de nuestra Patria y el bien de nuestros hermanos, estas reflexiones que están orientadas a contribuir a la mejor reforma del Código Civil, en temas que consideramos de mayor importancia en orden a garantizar la dignidad de la vida concebida, el valor del matrimonio y la familia, y la protección de todos los derechos del niño. En este momento que consideramos de trascendencia histórica para la vida de nuestra Patria, invocamos la protección de la Virgen María, Nuestra Madre de Luján, Patrona de la Argentina.

103ª Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Argentina
27 de abril de 2012

1]          Benedicto XVI, Caritas in veritate, 7.
 [2]           Benedicto XVI, discurso en Westminster Hall, 17 de septiembre de 2010.
 [3]           Como ejemplifica el Papa en el discurso al Parlamento Alemán, 22 de septiembre de 2011: “La importancia de la ecología es hoy indiscutible. Debemos escuchar el lenguaje de la naturaleza y responder a él coherentemente. Sin embargo, […] hay también una ecología del hombre. También el hombre posee una naturaleza que él debe respetar y que no puede manipular a su antojo. El hombre no es solamente una libertad que él se crea por sí solo. El hombre no se crea a sí mismo. Es espíritu y voluntad, pero también naturaleza, y su voluntad es justa cuando él respeta la naturaleza, la escucha, y cuando se acepta como lo que es, y admite que no se ha creado a sí mismo. Así, y sólo de esta manera, se realiza


sábado, 26 de mayo de 2012

Malos postulados políticos III: Sus ideólogos (Ponomarev-Sovolev, Chomsky, Liang - Xiangsui, el Foro de São Pablo)


La Parte I de esta serie "Malos postulados políticos" se publicó el 7 de mayo     y la Parte II el 17 de mayo.

Acciones para futuros gobiernos “allendistas” Por los analistas Boris Ponomarev y el profesor A. Sobolev

Este tema de la pluma del autor del presente sitio, con el título “De los gobiernos revolucionarios” fue publicado ampliado en el diario La nueva Provincia el 29 de diciembre de 2008

1. Ampliar el control estatal sobre la totalidad de la economía, pues esta se convierte en el principal campo de batalla para la victoria de la revolución

2. Despojar cuanto antes a la clase enemiga de los medios masivos de información y propaganda

3. Reconstruir “bases de poder extraparlamentario”, más poderosas que las organizaciones de masas omnímodas, fundadas en el modelo de los soviets de Rusia de 1917 (tipo grupos de protesta) para, en el caso de ser necesario, contar con grupos activos, masas populares y reaccionarias para intimidar a rendirse a las “clases explotadoras” y así sostener al gobierno ante un golpe de Estado.

4. Neutralizar totalmente a las fuerzas armadas, por medio de estas opciones:
a) Una purga a fondo, en una etapa inicial, de los elementos inseguros entre los jefes y oficiales,    
b) Una paulatina reducción de los efectivos y del presupuesto de defensa, para tornarlas sin importancia ante un grave clima político gubernamental.     
c) Creación de grupos armados independientes, policía móvil, milicias populares o brigadas paramilitares controlados políticamente.


Las 10 estrategias de manipulación de Noam Chomsky
Contempla una serie de acciones gubernamentales para manipular la “opinión pública” como también la “opinión que se publica”, usando:                                                                      
1. la estrategia de la distracción. Consiste en desviar la atención de las masas  de los problemas importantes y de los cambios decididos por las elites políticas y económicas, mediante la técnica de continuas distracciones  e informaciones insignificantes., para mantenerlas sin pensar.
2. crear problemas, después ofrecer soluciones. Crear un problema para inducir una determinada reacción reparadora en la masa, para que demande las “ocultas medidas” que se desea hacer aceptar.
3.  la estrategia de la gradualidad. Toda medida inicialmente impopular para la masa,  aplicada gradualmente se torna potable con el tiempo.
4. la estrategia de diferir. Anunciar para un futuro decisiones popularmente dolorosas, predispone a la aceptación  cuando se concreten, pues las resistencias se desvanecen o dejan de ser temidas. 
5. dirigirse al público como criaturas de poca edad. Las masas por su falta de espíritu crítico, pobreza de razonar, credulidad e inocencia, aceptan e incorporan los mensajes de  la publicidad con formas infantiles.
6. el aspecto emocional mucho más que la reflexión. También las masas por su falta de espíritu crítico, pobreza de razonar, credulidad e inocencia, aceptan e incorporan más  los mensajes emocionales que los reflexivos, induciendo cualquier tipo de comportamientos.
7. estrategias para mantener al público en la ignorancia y la mediocridad. Dar a las clases sociales inferiores tanto como sea posible una  educación pobre o mediocre, dentro del pensamiento concreto para que no aspiren a alcanzar la de las clases superiores.  
8. la mediocridad para estimular al público a ser complaciente. Promover  a las masas a creer que es moda el hecho de ser mediocre, estúpido, vulgar e inculto
9. reforzar la auto culpabilidad. Generar en las personas sentimientos de culpa ante su infortunio, para inhibirlo a la acción, y sin esta no hay deseos de cambio, y sin deseos de cambio no hay revolución.
10. el conocimiento de los individuos mejor de lo que ellos mismos se conocen. La gran brecha entre el conocimiento científico y técnico  de las masas y de las élites intelectuales por los avances especulativos en todos los campos, permite al poder concretar un mayor control sobre los ciudadanos desconocedores de su si mismo.
Concretar la Guerra Irrestricta Por los coroneles chinos  Liang y Xiangsui

Contempla la guerra a la nación adversaria en todos los frentes y en todas las formas para primero subvertir el orden existente y luego reemplazarlo por el orden marxista-leninista- maoísta.  Sus proposiciones son ataques integrados, explotando diversas áreas de vulnerabilidad con el objetivo de controlar al gobierno o adversario modalidad estudiada por Faundes en Latinoamérica.
1. Guerra Cultural, controlando o influenciando los puntos de vista culturales de la nación adversaria.
2. Guerra de las Drogas, invadiendo a la nación adversaria con drogas ilegales.
3. Guerra de la Ayuda Económica, empleando la dependencia a la ayuda financiera para controlar al adversario.
4. Guerra Ambiental, destruyendo los recursos ambientales a la nación adversaria.
5. Guerra Financiera, subvirtiendo o dominando el sistema bancario del adversario y su mercado de valores.
6. Guerra de las Leyes Internacionales, subvirtiendo o dominando las políticas de las organizaciones internacionales o multinacionales.
7. Guerra Mediática, manipulando los medios de prensa extranjeros.
8. Guerra del Internet, mediante el dominio o destrucción de los sistemas informáticos transnacionales.
9. Guerra Psicológica, dominando la percepción de las capacidades de la nación adversaria.
10. Guerra de Recursos, controlando el acceso a los escasos recursos naturales o manipulando su valor en el mercado.
11. Guerra de Contrabando, invadiendo el mercado del adversario con productos ilegales.
12. Guerra Tecnológica, ganando ventaja en el control de tecnologías civiles y militares claves.
13. Terrorismo.
El Foro de São Paulo

La ideología del Foro de São Paulo  han teñido en gran parte el accionar de gobiernos autodenominados progresistas y directamente marxistas, por lo que incluimos su ideario en este apartado.
 El Foro de Sao Paulo es una organización de partidos de izquierda latinoamericanos, y fue fundado en 1990 por el Partido de los Trabajadores dirigido por Luis Inacio Lula Da Silva y el Partido Comunista de Castro para ante la caída del muro de Berlín y el surgir del liberalismo., establecer  una acción política de contenido marxista y antinorteamericana en los países de Latino América y del Caribe .
Por disposición de sus fundadores el Foro desde su primera reunión en la ciudad de  São Paulo buscó convocar a partidos y movimientos  de Izquierda, tomando el nombre de  la ciudad del primer encuentro,
  La mayoría de los países de América Latina tienen presidentes de ese origen:  Bolivia - Evo Morales (Movimiento al Socialismo); Brasil - Luis Ignacio Lula da Silva (Partido de los Trabajadores) Cuba - Raúl Castro (Partido Comunista de Cuba; Dominica - Roosevelt Skerrit (Partido Laborista de Dominica); Ecuador - Rafael Correa (Alianza PAIS); El Salvador - Mauricio Funes (Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional); Nicaragua - Daniel Ortega (Frente Sandinista de Liberación Nacional) ; Paraguay - Fernando Lugo (Alianza Patriótica para el Cambio) ; República Dominicana - Leonel Antonio Fernández Reyna (Partido de la Liberación Dominicana); Uruguay - José Mujica (Frente Amplio); Venezuela - Hugo Chávez (Partido Socialista Unido de Venezuela). Muchos intelectuales se alinearon y fueron voceros de ese ideario, así en 1952 conocido el genocidio comunista ruso  Paúl Sartre y Maurice Merleau-Ponty, lo justificaron explicando la necesidad de terror como parte del “humanismo”.

El Ingeniero Alejandro Peña Esclusa escribió el libro “El plan del  Foro de  São Paulo para destruir las Fuerzas Armadas” del cual extraemos  las siguientes notas:

1. Las Fuerzas Armadas latinoamericanas -tal como están concebidas en la actualidad deben ser destruidas, o transformadas en otro tipo de instituciones, para que funjan como brazo armado de la revolución, con el único objetivo de asegurar la permanencia en el poder de los abanderados del socialismo (Marxismo). La guerra debe plantearse en nuestros días no como Guerra Revolucionaria (propia de los años 60 y 70) sino con una nuevo tipo de guerra a saber, la Guerra Social.

2. Además de ser una corriente política, el Foro de São Paulo es una mafia criminal, que sirve de vaso comunicante para los llamados “imperios transversales”, como lo son el narcotráfico.
Continúa en Parte IV

jueves, 24 de mayo de 2012

Derechos Humanos conculcados a millares de ruralistas


Los poderes Legislativo, Judicial y Ejecutivo del Gobierno de la Nación como muchos Gobiernos provinciales conculcan a trabajadores agropecuarios, sus empleadores y financistas los derechos humanos aprobados por la ONU en 1948, por legales pero ilegítimas leyes, resoluciones ministeriales y decretos de necesidad y urgencia al discriminarlos (art.1º), al someterlos con impuestos que están en contra de la igualdad ante la ley (art.7º.1), so pretexto  de una distribución de la riqueza que no es resorte del Gobierno nacional (art.30º), aplastándolos con tributos confiscatorios que privan arbitrariamente de la propiedad (art.7º.2), máxime que es un sector integrado por centenares de miles de trabajadores, con derecho a la libertad de  reunión y de asociación pacífica (art.20º), que no puede ser privado de la propiedad (art.17º),  ni desplumado de los frutos de su trabajo con gravámenes expropiatorios, y que millares de ciudadanos ruralistas  tienen derecho a gozar de la misma libertad (art.3º) que tienen otros sectores de concurrir al mercado externo, para obtener ganancias en la exportación de bienes,  como acontece en los de pases deportivos o artísticos, cumplidos con millonarias sumas acordes con la economía de un mundo globalizado. 

Como habitantes de las Nación los provincianos del agro también tienen derechos económicos, sociales y culturales indispensables a su dignidad y al desarrollo de su personalidad. (art.22º). Además no se respetan los derechos inalienables establecidos en el artículo 14 de la constitución Nacional que establece: "Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender"

En todos los escalones gubernamentales se habla permanentemente del respeto a los derechos humanos, que en el caso de la se actividad agropecuaria están conculcados, motivo por el cual resulta conveniente elevar un informe de la presente al Alto Comisionado para los Derechos Humanos, de la ONU en  Ginebra

Por último los impuestos derivados de la actual conducción son contrarios al régimen de la Constitución Nacional, impulsados equivocadamente  por el peso del gasto público que ha llegado a un punto tal que la Nación está  provocando que las Provincias y la Capital Federal se hagan cargo del mal empleo de los fondos establecidos en el Presupuesto Nacional, y se ha apoderado de los mayores ingresos provenientes del incremento en la recaudación por  la inflación, las altas retenciones a las exportaciones del agro, el  no incremento del mínimo no imponible del impuesto a las ganancias sobre los sueldos provenientes del trabajo, el regresivo IVA que castiga a los niveles de ingresos más bajos, para volcar esos fondos  en onerosos subsidios a empresas del capitalismo de amigos,  planes futbol para todos, carne para todos, pollos para todos,  milanesas para todos, más cubrir los 800 millones de dólares del déficit de Aysa, los 1500 millones de dólares  para la deficitaria Aerolíneas Argentinas, los 811 millones de pesos para cubrir el déficit de Canal 7 y Radio Nacional y subsidios a organismos y empresas deficitarias .

Demostrado está que por el sistema tributario nacional se están conculcando derechos humanos de millares de trabajadores rurales y sus empleadores, afectando la economía de las ciudades provinciales que tienen una economía dependiente de los ingresos de los ruralistas, motivo por el cual  entidades como  CARBAP (Confederación de Sociedades Rurales de Buenos Aires y la Pampa) y la Sociedad Rural Argentina han decidido adoptar medidas de protesta acordes con le sentir de las masas dirigidas. 

Defensa Mundial del valor de la familia




A pesar de las amplias redes de medios gubernamentales y las menores en manos privadas, poco y nada han dicho que en dos importantes ciudades europeas se están concretando dos importantes eventos en la lucha por la vida y la familia, así en Madrid desde el 25 al 27 de mayo se celebra el Congreso Mundial de Familias  y en Milán desde el 30 de mayo al 3 de junio  se realiza VII Encuentro Mundial de Familias.

Información importante sobre todo porque muchos de los temas vinculados a la reforma del Código Civil ameritan reflexionar sobre la familia especialmente que la misma Declaración de los DDHH de 1948 en su artículo 16 señala que a tienen derecho un hombre y mujer, para formar la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad.

Denominar matrimonio  a   otras parejas, es un propósito del comunismo que con el tema “Gaymonio” busca socavar la familia en nuestra sociedad, según los principios gramscianos y lo establecido en los 47 planes y objetivos del comunismo que publicara la revista “Sigla” de junio de 1984, especialmente en estos tres artículos: 24º) hacer abolir todas las leyes contra la obscenidad definiéndolas como “censura” y violación a la libertad de expresión; 25º) Demoler las normas culturales del sentido moral, fomentando la pornografía en libros, periódicos ilustrados, cine, radio y TV. 26º) Presentar la homosexualidad, las degeneraciones y la promiscuidad de sexos como “normales, naturales y saludables. Observemos que como el pez por la boca muere, los comunistas en esa declaración denominan al gaymonio "degeneraciones".

Está probado que el matrimonio es una institución laica, dentro de las sociedades, y  también una institución confesional recogida por los libros de la ley, la Torá, el Nuevo Testamento, el Alcorán y las Leyes de Hammurabi 127 a 161, que  señalan que "matrimonio es el estado en el cual un hombre y una mujer pueden vivir juntos en relación sexual con la aprobación de la sociedad", definición expuesta en nuestros diccionarios, sustentada en el sentir del inconsciente colectivo y establecida  también en el artículo 17º.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica, que, en forma explícita, declaran que los hombres con las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen el derecho a casarse y fundar una familia.

Reflexiones sobre el matrimonio vinculadas a la reforma del Código Civil




Respaldar el matrimonio entre personas del mismo sexo, está equivocado: 
1.                   Porque es una institución que no responde a los dictados de la naturaleza, explicitado en el derecho a la vida que lleva a su vez implícitas estas tres necesidades: de crecer, de autodefensa y de perpetuarse que emanan de la experiencia cotidiana de todos los tiempos. (sustento biológico natural)
2.                   Porque matrimonio es una organización social que en las distintas sociedades, a pesar de muchas diferencias formales, un hombre y una mujer la alcanzan tras ceremonias que, sustancialmente, implican el reconocimiento público de la relación matrimonial, el compromiso de los cónyuges de fidelidad, el intercambio de presentes entre los contrayentes, el compromiso del hombre de proteger a la mujer, la promesa de cuidar la vida del otro, proteger los bienes comunes y la búsqueda de la felicidad.   (Desde esta perspectiva el matrimonio es una institución reglada por ancestrales pautas culturales,  sustentada en el sentir del  inconsciente colectivo)
3.                   Porque etimológicamente, matrimonio deriva de la expresión latina matri-monium, que señala que la mujer, dueña de la matriz, alcanza el derecho de ser madre dentro de la institución matrimonial, que conlleva, por ser una mini asociación, a postulaciones jurídicas, tanto entre los contrayentes como ante terceras personas, como el parentesco, los derechos sucesorios, responsabilidad por actos dolosos de los hijos menores y por el sistema económico. Aspectos jurídicos que presentan formas y costumbres diferentes en distintos países, como, por ejemplo, el menor de edad que es emancipado de la patria potestad de los padres, al casarse, actuará legalmente como mayor de edad, a partir de ese momento.
4.                   Porque el derecho romano entiende en el matrimonio los principios jurídicos: a) De dualidad (unión de dos personas para su convivencia y procreación). b) Heterosexualidad (cada contrayente pertenece a uno de ambos sexos).  c) De derechos de los padres a tutelar a los hijos por la patria potestad.  d) De fidelidad e) De contribuir a las cargas familiares y a protegerse mutuamente. f) Para contraer matrimonio, era necesario que ambos contrayentes ostentaran la ciudadanía romana; o sea, que gozaran no sólo del status libertatis sino, también, del status civitatis (que fueran libres y, además, ciudadanos). g) Cualquier otra unión (por ej. ciudadano-extranjera, hombre libre con esclavo, o entre esclavos) era considerada un concubinato (contubernio).
5.                   Porque el matrimonio se rige por el Código Civil, fruto de una ley nacional, por lo tanto la idea de llamar matrimonio a uniones homosexuales carece de sostén legal, el matrimonio se rige por el Código Civil.
6.                   Porque el matrimonio como unión entre mujer y hombre está establecida  en el artículo 16º de la declaración Universal de los DDHH de 1948, como también en el 17º.2 de la Convención Americana sobre DDHH de San José de Costa Rica, que declaran en forma explícita que los hombres con las mujeres, a partir de la edad núbil tienen derecho el derecho a casarse y fundar una familia; como también  implícitamente en otras declaraciones universales como los derechos de la mujer y del niño.  Desde esta perspectiva el matrimonio es una institución laica en el derecho internacional.
7.                   Porque está en contra de los libros de la ley,    la Torá, el Nuevo Testamento, el Alcorán y las Leyes de Hamurabi 127 a 161,   que  señalan que "matrimonio es el estado en el cual un hombre y una mujer pueden vivir juntos en relación sexual con la aprobación de la sociedad", definición expuesta en nuestros diccionarios, sustentada en el sentir del inconsciente colectivo, en total coincidencia con las declaraciones de los derechos humanos. Desde esta perspectiva el matrimonio es una institución religiosa.
8.                   Porque para avalar el pedido los peticionantes se autollaman con un término inglés, pues el del castellano desnuda la falsedad de su sostén natural.  (Ser “gay no suena mal , ser “p…” si)
9.                   Porque el criterio de la no discriminación y cambiar hombre y mujer por contrayentes  autoriza a casarse a estas dos personas: dos hermanos, padre hija, madre hijo, abuela nieto, abuelo nieta, tía sobrino, tío sobrina, suegra yerno, suegro nuera,  primo prima, todos porque se aman.
10.                Porque no es malo discriminar dada que es la facultad de elegir para nuestro bien, sino discrimino las comidas, comeré lo que me hace mal, sino discrimino cruzaré la calle con el semáforo en rojo, sino discrimino en el uso de un arma la gatillaré frente a otro matándolo,  si no discriminamos entre las personas estará de más indicar el sexo en los documentos de identidad. Lo malo no es discriminar sino el prejuicio, y eso es lo que si debemos evitar.

Conclusiones
     Por todas estas razones, resulta extemporáneo todo proyecto de ley destinado a llamar matrimonio a la relación social convenida entre personas del mismo sexo, buscando equiparar los derechos de quienes viven en pareja con personas del mismo sexo, a los que competen a las personas protegidas por la ley del matrimonio civil, hecho que no solamente implica subvertir el orden moral, sino que abre a futuro el permiso a una adopción conjunta, cuando, en este último aspecto, la psicología, como ciencia, ha mostrado que, para el desarrollo pleno del ser persona, el menor necesita de una mamá y un papá. Además, desde el existencialismo, la lógica y la observación de la realidad muestran que una sociedad de homosexuales no puede permanecer en el tiempo, pues el derecho inalienable a la vida implica necesidad de crecer, de autodefensa y de perpetuarse. Y por el lado de los contrayentes habilita las uniones incestuosas.
     Bastará incluir a esas parejas en un tipo legal de asociación libre, que permita a las partes compartir beneficios sociales y hereditarios, sin alterar el valor del matrimonio como elemento natural y fundamental de la sociedad con derecho a la protección por el Estado. (Art. 16.3 DD. HH.), pues no es válida la argumentación de incluir en el matrimonio a los homosexuales, para reconocer a las personas la libertad de elegir con quién asumir los compromisos de la convivencia en pareja; porque, primero, la libertad de elegir no implica elecciones antinaturales, pues la diferencia sexual entre personas, animales y plantas es necesaria para la continuidad de la especie. Bastaría llamar a esas relaciones gaymonio o unimonio, dándoles por ley la posibilidad de heredarse, de brindarse protección médica y social, o de decidir como supérstite la donación o no de órganos de la pareja fallecida. Desde la antigüedad se ha determinado que no se puede llamar del mismo modo dos relaciones distintas, de aprobarse el Gaymonio alegando discriminación, se hará discriminación de los matrimonios heterosexuales en múltiples y complejas situaciones de orden legal, como lo han mostrado reputados hombres de leyes.
     Aquellos deseos de reconocer a los homosexuales derechos de heredarse, asociarse a una mutual de salud o social, no se logran llamando matrimonio a lo que no lo es, alegando el "principio de igualdad", base totalmente falsa, porque pretende que una norma escrita obligue a llamar de la misma forma a las parejas heterosexuales y homosexuales, cuando, de hecho, la realidad muestra que no lo son. La ley, de darse, será jurídicamente legal, pero naturalmente ilegítima, pues nunca, por normas humanas, lo distinto será igual, ni lo igual será distinto; recordemos que, por una ley de igualdad impuesta por los khmer rojos, se llevó a la muerte a tres millones de ciudadanos camboyanos, trasladados compulsivamente, como campesinos, a los campos agrícolas.
    Para convalidar el Gaymonio en países como España, Bélgica, Canadá, Noruega, Holanda, Suecia y Sudáfrica dictan las leyes permisivas basando su despropósito en el  principio de igualdad  y de libertad de elección. Fundamento que tiene el mismo sustento que sostener la validez de otras elecciones antinaturales que, por existir, tampoco deben ser legalizadas, como la pedofilia (pareja de un adulto con un menor), la necrofilia (pareja con un  muerto) , el bestialismo (relación con un animal) o todas las formas de incesto (parejas entre familiares de sangre).
     La mayoría de los habitantes del territorio de la Nación debemos cumplir a rajatabla el artículo 19 de la Constitución Nacional que expresa "las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública ni perjudiquen a un tercero, están reservadas a Dios. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella prohíbe". Cumplimiento al que deben atenerse los legisladores para preocuparse más en procurar eliminar todas las trabas al trabajo, la creatividad y a la propiedad para lograr que los habitantes de la Nación estén defendidos en su derecho a la vida, la propiedad, la libertad y la búsqueda de la felicidad. Porque el matrimonio entre una mujer y un hombre es la célula central de toda sociedad organizada.
Síntesis para recordar y difundir

PRIMERO: Lo dicho prueba que  dentro de las sociedades el matrimonio es una institución natural tanto laica como religiosa, definida en diccionarios y sustentada en el inconsciente colectivo y también  recogida por las normas de distintos textos religiosos donde las dos fuentes señalan que "matrimonio es el estado en el cual un hombre y una mujer pueden vivir juntos en relación sexual con la aprobación de la sociedad", pisoteado por el  proyecto de ley por el cual nos hacen desaparecer como hombre y mujer del Código Civil, como entra en colisión con leyes como de la herencia y nos convierten en “contrayentes”. Desde esta perspectiva el matrimonio es una institución laica y religiosa.

SEGUNDO: Muchas veces distintas legislaturas en el Mundo  basadas en leyes sin sustento natural, propiciaron la destrucción de sociedades, hoy quienes voten por equiparar el matrimonio de homosexuales al matrimonio heterosexual, deben saber que votan el propósito del comunismo para socavar la familia en nuestra sociedad, según los principios gramscianos y lo establecido en los 47 planes y objetivos del marxismo que publicara la revista “Sigla” de junio de 1984, especialmente en estos dos artículos: 25º) Demoler las normas culturales del sentido moral, fomentando la pornografía en libros, periódicos ilustrados, cine, radio y TV. 26º) Presentar la homosexualidad, las degeneraciones y la promiscuidad de sexos como normales, naturales y saludables. Observemos que como el pez por la boca muere, los comunistas en esa declaración denominan a la homosexualidad entre las  "degeneraciones”. Desde esta perspectiva el matrimonio es una institución a derogar por la  ideología marxista.

martes, 22 de mayo de 2012

Valioso debate por la verdad completa y la concordia


Reconocer los errores y crímenes cometidos por los sectores en lucha durante el Proceso contribuirá a superar odios y divisiones.
Editorial del diario La Nación del domingo 13 de mayo de 2012

Convocados por la Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia, participaron el lunes pasado de un panel seis personas con actuaciones antagónicas o diferentes, relacionadas con la violencia de la década del setenta. En la mesa se sentaron dos ex guerrilleros, uno del ERP, Jorge Masetti; otro de Montoneros, Luís Labraña; dos militares que participaron en la lucha antisubversiva, Emilio Nanni y Rodolfo Ritcher; una hija de desaparecidos, Eva Donda, y otra de un militar secuestrado durante el copamiento del cuartel de Azul y muerto por el ERP, Silvia Ibárzabal.
El debate fue seguido por más de 600 asistentes en la sala Borges de la Feria del Libro. Hubo opinión coincidente entre los panelistas así como entre los asistentes de que el debate fue un aporte positivo al reconocimiento de la verdad, y de los errores y crímenes cometidos de ambos lados. Todos coincidieron en que así se contribuye a encontrar los espacios para la concordia y para superar odios y divisiones que atan a un pasado y que impiden el esfuerzo común que el futuro reclama.
Los dos ex guerrilleros expresaron con franqueza que habían tomado las armas para matar o morir y que su objetivo era llevar la revolución al poder. Les era indistinto tanto enfrentar a un gobierno de facto como a uno constitucional.
En su momento, ellos justificaron la violencia contra las personas y las instituciones en pos de instaurar una dictadura marxista en la Argentina. El modelo cubano estaba en la conducción y en el propósito de aquella lucha. De hecho, Masetti, hijo de un famoso guerrillero de los sesenta, había sido criado en Cuba y desde los servicios de inteligencia de Fidel Castro planificaba y daba apoyo a los movimientos guerrilleros latinoamericanos. Desde allí participó en el apoyo militar a la guerra angoleña y también desde allí fue enviado al ERP en la Argentina. Sus palabras no dejaron lugar a dudas del carácter de aquella guerra revolucionaria, con ejércitos organizados y apoyados desde el exterior que atacaron al Estado argentino.
Los militares del panel mostraban sobre sus propios cuerpos el saldo de su participación en la lucha. En ambos casos fueron heridos en enfrentamientos abiertos, uno en la selva tucumana, el otro en la defensa de La Tablada. Por esos hechos deben enorgullecerse y así lo expresaron; no obstante, asumieron en sus reflexiones los crímenes de la guerra en el otro frente: el de la clandestinidad y el de las desapariciones. Así como el ejército argentino se enfrentó valientemente respetando las reglas de la guerra cuando el oponente tomó la forma de la guerrilla rural o atacó unidades militares, también se encontró con un conflicto diametralmente distinto frente al terrorismo urbano. Fue el desborde de las organizaciones armadas en este tipo de teatro de operaciones lo que llevó al extremo su desafío en contra del Estado y de la sociedad. Esto motivó en 1975 la convocatoria de un presidente constitucional a las Fuerzas Armadas para asumir la defensa que esa sociedad reclamaba. Pero el método elegido para responder a aquel clamor no fue el que correspondía. La represión fuera de la ley no puede justificarse alegando su legitimidad porque se actuó en defensa de las instituciones, ni por la efectividad y rapidez buscada en los resultados, ni por el carácter clandestino del atacante. Tampoco alcanza la excusa del antecedente fallido de la Cámara Federal en lo Penal, desmantelada por un gobierno constitucional asociado a la guerrilla y con el lamentable acompañamiento de buena parte de la clase política.
La acción del Estado y sus fuerzas armadas nunca debió apartarse de la ley, o en su caso de los códigos de justicia militar. Las recientes revelaciones de Jorge Rafael Videla sobre la metodología aplicada y sus razones sólo dejan espacio para el más absoluto rechazo, aunque tal vez puedan contribuir a que toda la verdad emerja a la superficie y a partir de allí ambos bandos hagan reconocimiento pleno de sus culpas, y se avance hacia la concordia.
Los militares participantes en el panel defendieron con fundamento la acción de las Fuerzas Armadas, aunque también reconocieron los errores cometidos y se lamentaron por ellos. Quedó claro para todos los panelistas que no cabe la aplicación de la justicia a sólo uno de los bandos de aquella guerra.
Se dijo que esto suena a venganza más que a justicia y que de esta destructiva confrontación no se sale con una justicia asimétrica, apoyada en la declaración de imprescriptibilidad y de lesa humanidad sólo para los crímenes de la represión.
Las exposiciones de Masetti y de Labraña dejaron en claro el carácter internacional y organizado de las fuerzas irregulares atacantes a las que pertenecían. Esto deja fuera de toda duda, de acuerdo con la jurisprudencia internacional, que les alcanza también la tipificación de crímenes de lesa humanidad. Las alternativas hacia adelante son: darle la simetría faltante a la persecución judicial extendiéndola a los ex guerrilleros y de esa forma seguir revisando el pasado, o superarlo y mirar hacia adelante. El camino sugerido por los panelistas fue el de la superación. Las palabras finales de Labraña fueron: "O trabajamos todos juntos o desaparecemos como sociedad".