La
seguridad de los ciudadanos y cualquiera de sus organizaciones, es una
necesidad de los habitantes de la
Nación , asegurada en la obligación constitucional de los
gobiernos de afianzar la justicia, consolidar la paz interior y promover el
bienestar general, que si no es cumplida cercena los cuatro derechos
inalienables de nosotros las personas, a saber a la vida, la propiedad, la
libertad y la búsqueda de la felicidad.
La
seguridad también está señalada en pretéritos conceptos bíblicos, así el
derecho a la vida estás preservado en el no matar, la propiedad en el no robar,
la libertad en la no esclavitud, y la búsqueda de la felicidad en la mejora de
la calidad de vida corporal y espiritual.
La
mejor forma de obtener mayor seguridad ciudadana es deben anular las leyes
que llevaron al país a que "el viola la ley no es castigado",
porque el Estado dejó de asumir su "potestad" punitiva. Y por la otra
protegida por una policía apta en restablecer el orden, reprimir a los
delincuentes y dar seguridad a la ciudadanía. Por ello deben derogarse por lo menos estas
leyes:
1)La ley 23.050 que
amplió sensiblemente el régimen de eximir de prisión y excarcelación,
disponiendo que toda persona , cualquiera sea el delito que se le impute quede
en libertad, cuando ha permanecido detenida durante dos años sin que se haya
dictado sentencia, aún en los casos de los delitos más perversos.
2) La ley 23.057
que permitió que los jueces dejaran casi en forma automática, en suspenso el
cumplimiento de penas; que redujo de 13 a 10 años el tiempo para que el reincidente
tenga ese beneficio, que el menor de 18 años (que por ley es responsable para
conducir desde los 17, ver determinadas películas desde los 14 y casarse de los
16) nunca sea considerado reincidente.
3) La ley
23.070 que redujo a un tercio las penas de quienes estaban en las
cárceles.
4) La ley 23.077que
derogó muchos delitos y disminuyó penas como el infanticidio, las lesiones, el
abuso de armas de fuego, el hurto simple y el del ganado, la ocupación de
inmuebles y los incendios dolosos.
5) La ley que puso
en vigor la suspensión del juicio a prueba (probation).
6) La ley que
instituyó la condena de ejecución condicional.
7) Las leyes que
eximen de prisión a vendedores de cualquier elemento robado como repuestos de
automotores, celulares, obras metálicas (bronce, hierro, etc.)
8) Leyes que eximen
de prisión a adulteradores de productos, como fue el caso de las naftas.
Por
otra parte acompañar en el actual período legislativo esas derogaciones
con leyes que determinen una legislación de fondo (Código
Penal) y de forma (Código Procesal Penal), donde en el Código
Penal se establezca la acumulación de penas y el cumplimiento de los
tiempos de prisión determinados en las sentencias sea por años o cadena
perpetua.
Y
además dentro de las obras públicas
incluir como prioridad la construcción de cárceles sanas, limpias, seguras y
generadoras de aptitudes sociales de los reos detenidos, para que al cumplir
las penas puedan reinsertarse en la sociedad.
En
síntesis anular las leyes basadas en malas ideas garantistas y de Zaffaroni,
cercanas a proteger la delincuencia y desproteger a la ciudadanía toda.