Publicada
en la columna Correo de La
Prensa del 4 de febrero de 2013 como
Cambios nominativos
Cambios nominativos
Señor director:
Atento al artículo
21 de la Constitución
nacional que señala. “Todo ciudadano
argentino esta obligado a armarse en defensa de la Patria y de esta
Constitución, conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y a los
decretos del Ejecutivo nacional”, en el
gobierno del presidente Nicolás Avellaneda fue sancionada la ley 947, que
destinaba 1.700.000 pesos para el cumplimiento de la ley de 1867 que ordenaba
llevar la frontera controlada efectivamente por el estado argentino hasta los
ríos Negro, Neuquén y Agrio. Pues los malones de araucanos y tehuelches atacaban los pueblos existentes en el sur
hasta Río IV, tomando cautivos, llevando como mancebas a centenares de mujeres
y miles de cabezas de ganado que vendían
en Chile o intercambiaban por fusiles
Martini-Henry. Esa legislación dio pie a la campaña del desierto, incorporado el territorio indio a la nación, crecieron las
poblaciones junto con el incremento de la actividad económica y el surgimiento
de leyes como la de educación laica, la del Registro Civil, obras de
infraestructura, caminos, kilómetros de ferrocarriles y puertos. Hoy a pesar de
haber sido artífice de la
República, la figura
del conductor de la gesta del desierto,
desaparecerá de los billetes de 100 pesos para ser reemplazados por los de la
señora Eva Duarte de Perón, encumbrada por míticas opiniones que negaban o
encubrían dislates como los de la cumbre Franco – Evita, o la existencia de un
vestuario importante y numeroso donde no faltaba una estola de martas cibelinas,
ni un abrigo de finas pieles, adquiridos por quien solo tenía por ingresos las
donaciones obligadas a su fundación con
la que a lo Robin Hood, repartía bienes
de todo tipo a necesitados..
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